Integral de Comercio

Imágen ilustrativa

Para clínicas, sanatorios y centros médicos.

La cobertura comprende varios riesgos, a saber:

Coberturas

Incendio

  • La Cobertura de Incendio comprende una apertura de suma por edificio y otra por contenido.

    Al contratar la cobertura de Incendio de Edificio y Contenido, el Asegurado se beneficia automáticamente con las siguientes coberturas adicionales, sin tener que abonar mayor prima:

    COBERTURA ADICIONAL

    Responsabilidad Civil a consecuencia de Incendio y/o Explosión

    Gastos de Limpieza y/o Retiro de Escombros por Incendio de Edificio

    Gastos de Limpieza y/o Retiro de restos por Incendio Contenido

    Gastos de Extinción de Incendio

    Gastos Extra incurridos por Incendio (flete expreso; alquiler de otra propiedad; otros gastos de emergencia)

    Honorarios profesionales incurridos por reconstrucción del edificio con motivo de Incendio

    Daños que alteren la coherencia estética del edificio a consecuencia de un Incendio

    Cobertura Automática de Incendio por 30 días de Ampliaciones, Refacciones y/o Mejoras (luego de los 30 días el Asegurado deberá declarar las modificaciones al Asegurador y abonar la prima adicional correspondiente)

    Cobertura Automática de Incendio por 30 días de Bienes de Uso que se Incorporen (luego de los 30 días el Asegurado deberá declarar las incorporaciones al Asegurador y abonar la prima adicional correspondiente)

    Además, también se equiparan a los de Incendio, los daños producidos, tanto al edificio como al contenido, por.

    • Huracán, Vendaval, Ciclón o Tornado
    • Granizo
    • Impacto de Aeronaves y/o Vehículos Terrestres
    • Tumulto Popular, vandalismo, malevolencia, huelga y lock-out

    Se puede contratar la cobertura adicional para cubrir Incendio sobre efectos del personal del establecimiento. A este efecto se deberá determinar la suma asegurada que se requiere.

    La cobertura de incendio también se puede contratar con cláusula de Reconstrucción y/o Reparación y/o Reposición sobre edificios con una antigüedad menor o igual a 10 años.

    En la cobertura de Incendio Contenido se puede incluir bienes trasladados temporariamente a otro establecimiento con condiciones equivalentes de seguridad y prevención de siniestros (máximo 60 días) y Bienes de Terceros bajo cuidado, custodia y control hasta una suma equivalente al 10% de la suma asegurada de Incendio Contenido y por un plazo de hasta 90 días.

Robo de valores en caja fuerte

  • Durante el horario habitual de tareas, los valores podrán estar en cajón mostrador dentro del local asegurado y fuera del horario habitual de tareas en Caja Fuerte.

Equipos electrónicos

  • Equipos electrónicos para uso administrativo y para uso médico

    El seguro se puede contratar con Cláusula de Reposición a Nuevo para equipos de hasta 3 años de antigüedad.

    También se puede incluir en el seguro el equipo de aire acondicionado o de climatización y regulación de voltaje de los equipos de procesamiento de datos, debiendo determinar la correspondiente suma asegurada.

    Se cubren los gastos adicionales por flete aéreo que puedan producirse para la reparación de bien siniestrado hasta el 1% de la suma asegurada. También se pueden cubren los gastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados y flete expreso (no aéreo) ocasionados a consecuencia de un siniestro cubierto.

Daños por agua

  • La cobertura de Daños por Agua se incluye sin cargo en el seguro hasta una suma asegurada equivalente al 2% de la suma de Incendio Contenido.

    Se incluyen los daños por agua proveniente del exterior (inundación), salvo cuando los riesgos se encuentre ubicados en lugares donde este riesgo se encuentre especialmente agravado.

    Franquicia: El Asegurado participará en cada siniestro con el 5% del perjuicio sufrido.

Clausula de establización de la suma asegurada

  • El seguro se puede contratar con esta cláusula por la cual la suma asegurada se actualizan automáticamente hasta alcanzar el valor asegurable al momento del siniestro hasta el límite de ajuste que se haya convenido.

    Para acceder a esta cláusula habrá que abonar un recargo de prima.

Robo contenido

  • Esta cobertura es a primer Riesgo Absoluto.

    Se cubren los daños ocasionados para cometer el delito o su tentativa hasta el 15% de la suma asegurada.

    Se puede cubrir el Robo sobre efectos del personal, debiendo indicarse la suma a cubrir por este concepto.

    Cobertura Automática de Robo por 30 días de Bienes de Uso que se Incorporen (luego de los 30 días el Asegurado deberá declarar las incorporaciones al Asegurador y abonar la prima adicional correspondiente). Límite 10% de la suma Asegurada de Robo Contenido.

    En la cobertura de Robo Contenido se puede incluir bienes trasladados temporariamente a otro establecimiento con condiciones equivalentes de seguridad y prevención de siniestros (máximo 60 días) y Bienes de Terceros bajo cuidado, custodia y control hasta una suma equivalente al 10% de la suma asegurada de Robo Contenido y por un plazo de hasta 90 días.

Robo de valores en transito

  • Los valores están cubiertos mientras se encuentren en tránsito dentro de la República Argentina.

    Se cubre la apropiación fraudulenta por parte del portador de los valores, destrucción o daños por accidente al medio de transporte.

Cristales

  • El seguro se puede contratar detallando cada una de las piezas cubiertas y su valor, o en caso de que la cantidad de pieza sea muy elevada, se puede convenir una suma global.

    Coberturas adicionales que se pueden contratar:

    • Rotura causada por Terremoto o Temblor
    • Rotura causada por Granizo
    • Rotura causada por Huracán, Vendaval, Ciclón o Tornado

    También se puede cubrir el valor de las inscripciones, pinturas, dibujos, grabados, letras y otras aplicaciones.

Falta de frio

  • Se cubren las pérdidas o daños a las mercaderías (en este caso medicamentos y otros compuestos de uso medicinal) por falta de frío por paralización o deficiencia de la instalación refrigeradora.

    Esta cobertura es a Primer Riesgo Absoluto.

Responsabilidad Civil Comprensiva

  • Cobertura Básica

    Adicionales

    • Incendio Rayo y/o Explosión, Descargas eléctricas y Escapes de Gas
    • Instalaciones a Vapor, Agua Caliente o Aceite Caliente
    • Carteles y/o Letreros y/u Objetos Afines
    • Ascensores y/o Montacargas
    • Suministro de Alimentos a titulo oneroso
    • Guarda de Vehículos a Titulo no oneroso
    • Armas de fuego
    • Carga y descarga de bienes fuera del local asegurado
    • Rotura de Cañerías